¿Un ingeniero industrial puede elaborar el certificado energético de edificios? ¿Y un ingeniero agrónomo o un ingeniero técnico forestal? ¿un ingeniero naval y oceánico?, la respuesta es sí.
La reciente entrada en vigor el pasado mes de junio de la nueva normativa de certificación energética de edificios que ahora obliga a los edificios existentes, ha despertado el interés del colectivo de profesionales del sector de la construcción, uno de los grandes afectados por la crisis ya que representa una salida laboral para ellos y parece que en Canarias aún queda bastante camino por recorrer en materia de certificación energética.
Una de las grandes dudas que se plantean y nos transmiten los profesionales de la ingeniería o ingeniería técnica es ¿quién puede elaborar el certificado de edificios? ¿puedo yo que tengo esta titulación?. Aclaramos dudas 😉
El Real Decreto 235/2013 establece los requisitos de los técnicos competentes para suscribir el certificado energético de edificios. Los arquitectos y aparejadores tenían claro que podían emitirlo, pero ante las dudas de otros técnicos, el Ministerio ha elaborado un documento de respuestas a preguntas frecuentes en el que, entre otras preguntas (no menos interesantes y que te aconsejamos leas), aclara la que aquí en cuestión tratamos.
A modo de resumen, detallamos la relación de técnicos que pueden suscribir o elaborar el certificado energético de edificios:
- Ingeniero Aeronáutico
- Ingeniero Agrónomo
- Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos
- Ingeniero Industrial
- Ingeniero de Minas
- Ingeniero de Montes
- Ingeniero Naval y Oceánico
- Ingeniero de Telecomunicación
- Ingeniero Técnico Aeronáutico
- Ingeniero Técnico Agrícola
- Ingeniero Técnico Forestal
- Ingeniero Técnico Industrial
- Ingeniero Técnico de Minas
- Ingeniero Técnico Naval
- Ingeniero Técnico de Obras Públicas
- Ingeniero Técnico Telecomunicación
- Ingeniero Técnico Topógrafo
Esperamos haber aclarado las dudas, ¡Gracias por leernos! 😉