Coutts & Co, el banco privado que utiliza la reina Isabel II, filial del Royal Bank of Scotland (RBS), fue sancionado con 10,4 millones de euros por el regulador bancario del Reino Unido al no haber adoptado medidas para prevenir el blanqueo de dinero. Según el regulador bancario, Coutts & Co no recabó información crucial sobre clientes «políticamente expuestos» ni sobre el origen de sus fondos, y no supervisó de forma adecuada sus transacciones.
España también aplica la normativa para la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (Ley 10/2010), donde se recogen diversas medidas de obligado cumplimiento en relación a operaciones mercantiles y financieras realizadas por entidades de crédito, aseguradoras, actividades de cambio de moneda, giros y transferencias postales, promociones inmobiliarias, notarías, casinos, joyerías, galerías de arte y antigüedades, administraciones de loterías, comercios, y un largo etcétera de otras actividades y actividades sujetas al cumplimiento normativo.
Las sanciones por no aplicar las medidas especificadas en la mencionada Ley 10/2010 podrían ascender a 1.500.000 euros, además de la revocación de la autorización administrativa para operar.
Muchas empresas y organizaciones desconocen los preceptos legales en esta materia, que pueden inducir al incumplimiento de la misma, aunque no eximir de la responsabilidad legal, entre ellos la obligatoriedad de formar a su personal.